Huesca, a 5 de marzo de 2.024
Reclamación de la Comisión de Apertura de los créditos hipotecarios, tras la Sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 16 de marzo de 2.023
El Juzgado de 1ª instancia nº5 de Huesca ha emitido una Sentencia a nuestro favor el pasado 11 de enero de 2024, reconociendo el derecho de nuestro cliente a percibir la devolución de la comisión de apertura de un préstamo hipotecario concertado en fecha 13 de abril de 2.007. Esta decisión confirma que la comisión de apertura fue injusta y respalda nuestra reclamación, condenando a la entidad Caja Rural de Aragón a devolver la cantidad de 950 euros, más los intereses de legales desde la firma del préstamo.
La resolución concluye que no se cumple con el Principio de Transparencia en la contratación de préstamos hipotecarios ya que:
“Aplicando lo anterior al caso concreto sólo cabe concluir que esta cláusula es nula por falta de transparencia pues en su propia redacción no permite conocer la naturaleza de los servicios que son contrapartida de la remuneración, no constando que la entidad hubiera suministrado información sobre contenido, resultando evidente que esta comisión nace por la mera firma del préstamo, no constando que retribuya servicio alguno y estipulándose en una cuantía global. No se acredita por la parte demanda cuales son los efectivos servicios que se llevaron a cabo y que dieron lugar al nacimiento de aquella comisión. Correspondiendo a la parte demandada de conformidad con lo preceptuado en el art. 217 LEC la acreditación de las concretas actuaciones a su cargo que justificase el devengo de dicha comisión, sólo cabe la estimación de la demanda en este punto y, por ende, la íntegra estimación de aquella, condenado a la demandada al pago a la actora de la cantidad de 950 euros con los intereses desde la fecha del pago de esta comisión.”
Los elementos definitorios de la Comisión de Apertura es la siguiente:
- En qué consiste.
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- La comisión de apertura es un cargo que algunos bancos aplican al conceder préstamos hipotecarios.
- Tradicionalmente, esta comisión se ha considerado como parte de los costos iniciales del préstamoSentencia del TJUE:
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- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió una sentencia (n.º C-565/21) el 16 de marzo de 2023.
- Esta sentencia permite a los prestatarios reclamar la comisión de apertura de un préstamo hipotecario.
- La exclusión de esta comisión se basa en la Directiva Europea 93/13, que prohíbe cláusulas abusivas en contratos.
- Pasos para reclamar:
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- Revisa tu contrato hipotecario en detalle para identificar si se incluyó la comisión de apertura sin tu conocimiento o consentimiento.
- Busca asesoría legal para entender tus derechos y opciones.
- Reclama directamente al banco si consideras que la comisión es abusiva.
- Si no obtienes una respuesta satisfactoria, considera vías judiciales.
Modelo de reclamación:
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- Puedes utilizar un modelo de reclamación para presentar tu caso al banco.
- Asegúrate de incluir detalles como la fecha, el importe de la comisión y tus argumentos para considerarla abusiva.
Acciones posteriores:
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- Si el banco no responde o no acepta tu reclamación, puedes iniciar acciones legales para recuperar la comisión.
Recuerda que cada caso puede ser diferente, así que es importante consultar con un profesional legal para obtener asesoramiento específico.
La dirección.